Si tienes facturas impagas en cobranza, es posible que el monto a pagar haya aumentado. Esto ocurre porque la empresa acreedora activó el cobro de intereses por atraso, un derecho que le otorga la ley.
¿Qué dice la ley?
La Ley de Pago a 30 días (Ley 21.131) establece que, si una factura no se paga dentro del plazo, se generan automáticamente:
Intereses por mora: se calculan desde el día siguiente al vencimiento, con la tasa de interés corriente que publica la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para cada mes de atraso.
Compensación por costos de cobranza: un 1% fijo del monto impago.
No se requiere un acuerdo previo entre las empresas.
¿Cómo sé cuánto debo?
El monto se actualiza cada día. Puedes verlo en:
Las notificaciones que recibes por correo electrónico. Cada una incluye el detalle de la deuda y un enlace a la página de tu caso.
La página de tu caso, donde siempre aparece el monto actualizado al día.
¿Cómo evito que siga aumentando?
Los intereses siguen sumándose mientras la factura esté impaga. Tienes dos opciones:
Pagar el total desde la página de tu caso, con el medio de pago que prefieras.
Solicitar un convenio de pago en cuotas, también desde la página de tu caso. Al firmar el convenio, los intereses se congelan.
¿Y si no estoy de acuerdo con la deuda?
Si crees que la factura ya fue pagada o hay un error, ingresa un reclamo desde tus notificaciones o desde la página de tu caso.
