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¿Qué documentos puedo publicar en los boletines de morosidades (Boletín Comercial, Dicom)?
¿Qué documentos puedo publicar en los boletines de morosidades (Boletín Comercial, Dicom)?
Danae Schocken avatar
Escrito por Danae Schocken
Actualizado hace más de un año

Publicamos los impagos en el Boletín Comercial, el 100% de los burós de crédito (DICOM, Experian, TransUnion) y el Sistema Financiero, según las normas de publicación.

Por normas de publicación podemos publicar facturas:

  1. Emitidas a crédito

  2. Hacia una persona jurídica (RUT mayor a 50.000.000)

  3. Monto superior o igual a $10.000 pesos chilenos.

  4. Que se encuentre vencida (en caso de que la factura no indique fecha de vencimiento, se asume por ley 30 días desde la fecha de emisión)

  5. Con un máximo de 5 años de antigüedad desde el vencimiento

  6. Válida en SII: revisamos que no esté rechazada ante el SII, no tenga nota de crédito adjunta, y que la fecha de carga sea superior a la fecha de vencimiento.

Si tienes dudas sobre este tema, estaremos felices de ayudarte. Sólo escríbenos a través de nuestro chat.

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