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¿Qué tipo de documento debo usar al cargar un impago?

Qué tipo de documento corresponde usar para cargar una deuda según la relación comercial: factura, contrato, pagaré, entre otros.

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Escrito por Danae Schocken
Actualizado esta semana

Al momento de cargar un impago en la plataforma, es fundamental seleccionar correctamente el tipo de documento que respalda la deuda. Esto permite validar la información correctamente y asegurar la publicación efectiva en los boletines de morosidades.

📄 Factura

Usa esta opción solo cuando la deuda está respaldada por una factura electrónica real de la cual tu empresa sea propietaria. Si no es el emisor de la factura, es obligatorio ingresar el RUT emisor de dicha factura para su validación.

Requisitos clave:

  • La factura será validada directamente en el SII, por lo que es esencial que estén correctamente ingresados:

    • Folio

    • RUT emisor

    • RUT receptor

  • Debes indicar la forma de pago: Contado o Crédito

⚠️ Importante: No se permite publicar facturas cuyo receptor sea una persona natural, debido a la Ley N° 19.628 sobre protección de datos personales.

📑 Contrato o Cuota Impago (CI), Contrato Leasing (CL) o Renta Impaga (RI)

Utiliza este tipo de documento cuando la deuda se origina a partir de un contrato firmado entre las partes.

Características:

  • Puedes incluir el RUT de persona natural como aval, siempre que haya firmado el contrato.

  • El contrato marco debe ser revisado previamente por nuestro equipo legal para validar que:

    • Contiene la autorización explícita de publicación en caso de no pago

    • Se menciona expresamente a los avalistas si corresponde, y entregan su autorización explicita para la publicación.

✒️ Pagaré

Usa esta opción si cuentas con un pagaré ya ejecutado como respaldo de la deuda.

  • Si el pagaré aún no ha sido ejecutado, pero existe un contrato que da derecho a dicho documento, te recomendamos usar “Contrato Impago” como tipo de documento.


💡 Consideración especial para empresas de factoring

Si representas una empresa de factoring y deseas publicar a tu cliente, debes cargar la deuda como “Contrato Impago”, ya que no existe una factura real entre el factoring y el cliente.

  • Si se intenta usar el tipo de documento “Factura”, este será INVALIDO por no existir en el SII la relación tributaria declarada.

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